Fichas reducidas de vehículos

El Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos nos indica que para homologar un vehículo es exigible la ficha de características técnicas o ficha reducida. La homologación que obtenemos con la ficha reducida es un reconocimiento recíproco entre los estados del Espacio Económico Europeo por la importación de vehículos de uno a otro, mediante el cual comprobamos que las especificaciones del vehículo se ajustan a los declarados por el fabricante en su homologación.

Que paises de Europa forman parte del Espacio Económico Europeo: todos los Países de la Unión Europea (UE), Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal y Rumanía, y además de los citados anteriormente, se han de sumar Islandia, Liechtenstein y Noruega.

Los coches que vengan de cualquier otro país no pueden homologarse mediante las fichas reducidas, sería el caso de los vehículos provenientes de Andorra o Monaco, por ejemplo.

Los vehículos para poder homologarse mediente la ficha reducida han de tener contraseña de homologación Europea, que seria parecida a esta: e19*2007/46*0026*00, en caso de no tener contraseña de homologación el vehículo tendría que pasar por una homologación individualizada.